Se dicto y publico sentencia interlocutoria mediante la cual se decreta MEDIDA AUTÓNOMA PROVISIONAL CAUTELAR INNOMINADA a la producción agrícola y pecuaria por un periodo de nueve (09) meses a partir de la presente fecha a favor de la producción pecuaria, agrícola y siembra de pasto ejercida así como siembra de plátano, cambur, topocho, maíz, auyama, ají dulce y yuca, ejercida por la Ciudadana María Felipa Marín Solano en la presente solicitud.