Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PERECIDO el recurso de apelación ejercido por la ciudadana KAROLAYN JOSE COTUA SIFONTES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 20.159.171, contra la sentencia de fecha seis (6) de julio de 2017, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, mediante la cual declaro IMPROCEDENTE la solicitud de MEDIDA PREVENTIVA ANTICIPADA DE RESTITUCION, intentada por la recurrente.
En consecuencia, se confirma el fallo apelado.
Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
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