ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Se declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público de proseguir la Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario, ya que todavía hay diligencias por practicar, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 280 ejusdem. Segundo: Se decreta con Lugar la solicitud hecha por la Defensa y se concede a favor de los imputados DARWIN JOSE GOMEZ MEDINA, venezolano, titular de la Cedula de Identidad nro. V-17.526.701, y EMIL JOSE LOPEZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad nro. V-19.403.442, de conformidad con el articulo 256 ordinal 8vo del código orgánico procesal penal, consistentes en dos fiadores con ingreso mensual de 50 unidades Tributarias, en concordancia con el articulo 258 ejusdem, .....