Por todas las consideraciones anteriores , este Juzgado Superior de Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , declara: PRIMERO: PROCEDENTE el Recurso de Hecho interpuesto por el ciudadano IVAN RAMONES, apoderado judicial de la parte actora. SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha cinco (05) de diciembre, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial Del Amacuro , que declaró oír la apelación a un solo efecto.;TERCERO: Se ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia, de Sustanciación , Mediación y Ejecución, oír la apelación en ambos efectos. Remítase las presentes actuaciones al Tribunal A quo