Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las mejoras realizadas a las bienhechurías fomentada porla Ciudadana PETRICA DEL VALLE HEREDIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 26.909.026, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), la cual tiene una superficie de terreno que mide:DOSCIENTOS VEINTIOCHOMETROS CUADRADOS CONDIECIOCHOCENTIMETROS (228,18Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCOCENTIMETROS (76,35Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:
propiedad que es o fue de RaúlBermúdez con (19,00mts); SUR:Propiedad que es o Fue de Tania Piñangocon (19,00 mts);ESTE:que es o Fue de Cástula Hoales con (12,01 mts)y OESTE:Calle La Orquídea con (12,01mts), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficient.....