DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano RIGOBERTO ARREAZA BRAVO, titular de la cédula de identidad N° V-8.882.486, de conformidad con lo pautado en el artículo 318 numeral 3° y 48 ordinal 6° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES CULPOSAS, cometidas en agravio de Víctor Davalillo y Ramón Marquez. Se decreta la libertad plena del mencionado ciudadano y se decreta el cese de las medidas de coerción personal.
Regístrese, diarícese, déjese copia certificada y remítase el presente asunto a la oficina de Archivos Judiciales.
EL JUEZ.,
ABG. JORGE CARDENAS MORA
EL SECRETARIO
ABG. JOHNY.....