En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por el Ciudadano NELSON GREGORIO LEÓN, titular de la cédula de identidad número: V-13.403.143, en contra de los Ciudadanos NELEIMY DEL VALLE y NELSON GREGORIO LEÓN BERIA, titulares de las cédulas de identidad números: V-24.119.284 y V-23.606.261. En consecuencia, se EXTINGUE parcialmente la Obligación de Manutención que fue homologada por el Tribunal de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de este Circuito Judicial,.....