DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 506 y 508 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 767, 1.354 del Código Civil, en armonía con los artículos 26, 77 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Declaración Judicial de la existencia de comunidad Concubinaria intentada por la ciudadana: MARNELYS CAROLINA TOCHON GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº V-16.214.847 contra el ciudadano VICENTE RAFAEL ROJAS GUZMAN, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad Nº V-14.904.039, en consecuencia se declara que ellos fueron concubinos, desde el veinticuatro (24) .....