DECISIÓN
Por las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada, por estar fundada conforme a derecho. En consecuencia, se aparta del conocimiento de este asunto el abogado LORELVIS ENRIQUEZ SILVA a tenor de lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto, continua conociendo el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz, de esta Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, del Juicio por NULIDAD ABSOLUTA DE DOCUMENTO PUBLICO TITULO SUPLETORIO. Signada con la nomenclatura Nº 0157-2023, (nomenclatura interna del juzgado de origen).
Remítanse las actuaciones al Juzgado Segundo.....