este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal Transitorio y del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PAGO, y le da EFECTO DE COSA JUZGADA, dando por terminada la causa. Así mismo, este Tribunal deja constancia que el pago es por un total de NOVENTA Y SEIS MIL CHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs.96.847,50), cuya cantidad recibe la trabajadora MARIELA AUXILIADORA DURAN CORDERO, en este mismo acto, y ordena el archivo del presente expediente. Es todo, conforme firman.
LA JUEZ PROVISORIA,
Abog°. FLORALBA HERRERA BELLO
LA TRABAJADORA
APODERADO JUDICIAL
SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO TUCUPITA
Abg. PEDRO MARCANO
LA SECRETARIA,
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