DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Segundo de Primera instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECIDE: UNICO: De conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal se REVISA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, acordada por este Tribunal en fecha veintiuno (21) de agosto del año dos mil diez (2010), al ciudadano ROY GUAL, de nacionalidad Guayanesa, nacido en Guayana Esequiba en Vergunan, nacido el 27-02-1962, hijo de Sedai Gual y Rogal Estabo Gual, de estado civil soltero, de oficio comerciante, grado de instrucción 6to grado aprobado residenciado en la comunidad indígena de Punta Barima Municipio Antonio Díaz, titular de la Cédula de Identidad No. E-83.792.066, se revisa la medida impuesta de presentación de dos (02) personas que acrediten.....