En atención a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, con fundamento en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de EXTINCIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesta por el Ciudadano HUMBERTO ANTONIO DÍAZ, titular de la cédula de identidad número: V-5.336.683, en contra de los Ciudadanos JOSÉ HUMBERTO, NORBELYS DEL ROSARIO, NAYERKIS DEL VALLE, NORELKIS DE LOS ANGELES y MILAGROS DEL VALLE DÍAZ MÁRQUEZ, identificados en autos. En consecuencia, se EXTINGUE la Obligación Alimentaria acordada por el Juzgado de Primera Instancia de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, mediante Sentencia de fecha 27 de .....