Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aunado a la facultad que le confieren los artículos 64, último aparte, 479, numeral 1, y 531 ejusdem, acuerda que la fórmula de libertad anticipada de destino a establecimiento abierto o régimen abierto que goza el penado ROBERT AMILCAR RIVERO MEDINA, venezolano, natural de la Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 29-12-1984, de 24 años de edad, hijo de Germán Roberto Rivero (f) y Belkis Medina (v) titular de la cedula de identidad N° V-22.900.002, de ocupación mecánico, de estado civil soltero, con domicilio en la calle El Hueco, sector Los Cocos, casa si.....