DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: Primero: Se revisa la sanción de Libertad Asistida, impuesta al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO DE FABRICACIÓN ILICITA, previsto y sancionado en los articulos 272 y 277 del Código Penal, en relación con el articulo 1 literal "b" y 3 literal "a" de la Ley Aprobatoria de la Convención Interamericana Contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas , de Municiones Explosivos y Otros Materiales Relacionados, en perjuicio del Estado Venezolano; en Audiencia Preliminar realizada en fecha 27 de Septiembre de 2005, y por cuanto se verifica en computo realizado en fecha 31 de Enero de 2008 cursante al folio cincuenta y cinco (05) de la pieza dos (02) del presente as.....