Visto el Convenimiento realizado por las partes ciudadanos RONDEL DEL VALLE MAURERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.114.865 y ARACELYS OLIVARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.206.4814, asistidos por la Abogada ROJEXI TENORIO, Defensor Público Primera Agraria y la Defensora Pública Segunda Agraria Abogada KARINA MARISOL RICO MARIN, respectivamente; el Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 164 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, HOMOLOGA el presente Convenimiento en los términos expuestos por las partes y se declara SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, en el presente juicio por SERVIDUMBRE DE PASO Y DAÑO A LA POSESION AGRARIA, intentado por la ciudadana ROJEXI TENORIO, Abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.834, Defensor Público Primera Agraria, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando en su condición de defenso.....