DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en funciones de juicio Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensa, en el sentido que se le acuerde una medida menos gravosa de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado LUIS MUÑOZ. En cuanto al delicado estado de salud de imputado, se acuerda oficiar al Comandante de la Policía del Estado Delta Amacuro, a los fines de que tomé las previsiones correspondiente y traslade al imputado LUIS MUÑOZ, hasta el Hospital Luís Razetti, a fin de garantizar su derecho a la salud. Regístrese, diarícese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
LA SECRETARIA
ABG. OLEIDA URQUIA