DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y analizadas como fueron las pruebas promovidas, admitidas y evacuadas en las diferentes audiencias celebradas durante el desarrollo de este debate oral y público, este Tribunal Único de Juicio Ordinario del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, actuando como Juzgado Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 348, todos del Código Orgánico Procesal Penal, decide:
PRIMERO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano ARMANDO GREGORIO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad numero: V- 19.139.738, de 33 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, Residenciado SABANETA - BARRANCAS, fecha de nacimiento 07-12-1983, hijo de Carmen Edilia Barrios y Climato Pastor Rodríguez, de la comisión de los delitos de HOM.....