PRIMERO: la INADMISIBILIDAD de la presente acción, a tenor de lo dispuesto en el artículo 6, ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucional interpuesta por el ciudadano JOSE CATALINO PEREZ CARABALLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.867.269, contra la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A (MERCAL), que declaro con lugar el reenganche y pago de salarios caídos del mencionado ciudadano mediante la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00036-25016 , dictada en fecha 10 de agosto de 2016, por la inspectoría del trabajo del Estado Delta Amacuro.