Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Único de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: La revocatoria de la medida cautelar sustitutiva de libertad que le fuera a acordada al ciudadano FABIO GUZMAN MEZA, indocumentado, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, hijo de Gloria Meza y Fabio Guzmán, de diecinueve (19) años de edad, con segundo grado de instrucción, de profesión indefinida, residenciado en el Barrio Los Chaguaramos, calle y casa sin número, Tucupita estado Delta Amacuro, por la Juez Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, en fecha dieciocho (18) de Marzo del año dos mil cuatro (2004).
SEGUNDO: ORDENA la aprehensión del ciudadano FABIO GUZMAN MEZA, indocumentado, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, hijo de Gloria Meza y Fabio Guzmán, de diecinueve (.....