...Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, IMPARTE LA HOMOLOGACIÒN, en consecuencia se Acuerda: Entregar cheque de Gerencia N° 00013563, del Banco Caronì, a nombre del Niño DANIEL AUGUSTO CEGARRA ALFONZO, por la suma de CIENTO TREINTA MIL BOLÌVARES (Bs. 130.000,00) a los referidos ciudadanos; el cual se reposa en el Departamento de Contabilidad de este Tribunal. Ciérrese y archívese la presente causa y remítase en su debida oportunidad al Archivo Judicial. Asì se decide.-