" El Juez de Ejecución es el encargado o encargada de controlar el cumplimiento de las medidas impuestas al o a la adolescente. Tiene competencia para resolver las cuestiones e incidencias que se susciten durante la ejecución y para controlar el cumplimiento de los objetivos fijados por esta ley, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley declara Sin Lugar la solicitud de la Defensora Pública en esta fase del proceso conforme al establecido en el artículo 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, toda vez que la petición realizada durante la fase de investigación del proceso ya fue cumplida en la oportunidad procesal correspondiente. Notifíquese a las partes la presente decisión. Ofíciese lo conducente, Déjese Copia Certificada.