este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: HOMOLOGAR el presente convenimiento, producto de la Mediación realizada en esta Audiencia, y le imparte FUERZA DE COSA JUZGADA. SEGUNDO: Se ORDENA, a las Autoridades de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ANTONIO DIAZ, realizar los pagos aquí acordados, por ante las Oficinas de la Alcaldía en la Comunidad de Curiapo, Municipio Antonio Díaz, del Estado Delta Amacuro, por ser un lugar equidistante entre los domicilios de los Demandantes y la demandada, a fin de evitar gastos de Transporte por parte de los Indígenas Reclamantes, por encontrarse a Siete (07) horas aproximadamente, de viaje en Curiara, hasta la sede del Tribunal ubicada en la Ciudad de Tucupita. TERCERO: El Tribunal ORDENA a la Alcaldía del Municipio Antonio Díaz, Acumular el Equivalente a T.....