Este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Declara: SIN LUGAR, lo solicitado por el, Abg. PEDRO RAFAEL DELLAN MARIN, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano: LUIS ENRIQUE LEON, titular de la cédula de identidad V-16.216.411, en donde solicita NUEVAMENTE LA REVISION MEDIDA SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículos 06 y 177 en concordancia con lo establecido en el articulo 26 y 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.