DISPOSITIVA
Esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON COMPETENCIA MULTIPLE EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, BANCARIO, PROTECCIÒN DE NIÑOS Y ADOLESCENTES, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado LUIS JAVIEL GONZALEZ CARMONA, del ciudadano JESUS MANUEL CADIZ VEOMON, PRIMERO: RECTIFICANDO ESTA ALZADA únicamente en cuanto a la especie y pena a aplicar, púes estamos ante la presencia de un delito CONTRA LA COSA PUBLICA, castigado en la Ley Contra la Corrupción, artículo 60, como lo es CONCUSIÒN POSITIVA VIOLENTA, con una penalidad de 2 a 6 años y multa hasta del 50% de la cosa dada o prometida, a cumplir la penal de SEIS (6) AÑOS DE PRISIÒN, y multa del cincuenta por ciento (50%) de la cosa dada o prometida. SEGUNDO: Por considerar esta Corte de Apelaciones, que la condena puede satisfacerse con una medida me.....