DISPOSITIVA:
In continente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio conforme al Artículo l85-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los Ciudadanos RONEY ALEX QUINTANA PAREJO y HEIDY CARIDAD LAYA BRITO, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nos. V-9.943.124 y V-11.213.173, respectivamente, celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, en fecha dos (02) de Marzo de 2004, y la cual esta asentada en los libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por ante ese despacho durante el año 2004, bajo el N° 29, Pagina 58 y 59. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Todo conforme al contenido de los Art. 7, 11, 12, 131.2, 132, 242, 243, 50.....