El Tribunal de Juicio Accidental con sede en el Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en sentencia de fecha 12 de agosto de 2011, condenó al ciudadano ARDENIS RAMÓN MOYA LEÓN, a cumplir la pena de DIEZ (10) años, TRES (3) meses, SIETE (7) días y DOCE (12) horas de prisión, por la comisión de los delitos de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Privación Ilegítima de Libertad, tipificado en el artículo 174 del Código Penal.
El penado fue detenido por primera vez en 10-05-2008, y salio en libertad el 05-12-2011, donde se le impuso la tramitación del beneficio de Destacamento de Trabajo, para un subtotal de 03 años, 06 meses y 25 días de prisión, cumpliendo pena bajo un régimen de presentaciones, siendo revocado dicho beneficio en fecha 11-10-12, por cuanto fue nuevamente detenido en fecha 07-10-12,.....