Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la Suspensión Condicional del Proceso seguida al ciudadano: PEDRO RAFAEL RAMOS SIMOZA, venezolano, titular de la cedula de identidad 13.744.227, fecha de nacimiento 29-01-77, de profesión u oficio agricultor, de estado civil soltero, residenciado en la Comunidad de Piacoa, casa sin numero, Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal.