En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de permiso especial por motivos de salud presentada por la abogada LAURIE ALSINA, en su carácter de defensora penal del penado WILMEN JOSE ESPINOZA GONZALEZ, por reunir los requisitos esenciales al tratarse de un estado grave de salud debido a la dehiscencia de la herida pos operatoria, todo conforme a lo establecido en el articulo 491 y 492 del Código Orgánico Procesal Penal y 83 constitucional; las partes quedan debidamente notificadas en virtud de concederse dicho permiso dentro del marco del Plan Cayapa, programa organizado por el Ministerio del Poder Popular Para el Servicio Penitenciario, Ministerio Público y el Tribunal Supremo de Justicia, a fin de agilizar la tramitación de.....