En mérito de las precedentes consideraciones este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara: SIN LUGAR, la demanda por Intimación interpuesta por el ciudadano: Franklin Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 8.952.147, debidamente asistido por el Abogado, Arcadio Elías Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 67.289; en contra del ciudadano Carlos Rafael Hurtado, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.926.705 debidamente asistido por el Abogado, Federico Sandoval, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.841. En consecuencia se condena en costas a la parte accionante de conformidad con el artículo 274 del Código de procedimiento civil.