Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- NIEGA el beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, como formula alternativa de cumplimiento de pena, para el penado de autos GREGORY INDRÍA COVA RATIA, titular de la cédula de identidad NO. 18.386.356, al no reunir de manera concurrente los requisitos del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena notificar del contenido de la presente decisión al Penado de autos mediante oficio dirigido al Director del Internado Judicial de Cumaná, remitiendo copia certificada de la presente decisión, al Defensor y al Fiscal Séptimo del Ministerio Público. Así mismo Oficiar a la Juez Segundo de Ejecución de Cumaná notificándola de la presente decisión, remitiendo original de la pr.....