II
Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada el ciudadano JOSE ANTONIO SALAZAR RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.598.806, sobre una parcela de terreno propiedad del INTI, la cual tiene una superficie de terreno que mide QUINIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTIMETROS (516,69 Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMETROS (224,34 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: calle La
Planta con 35,91 mts; SUR: Propiedad que es ó fue de Hilario González con 35,72 mts; ESTE: Antigua Planta Eléctrica con 14,27 mts y OESTE: Via Principal La Horqueta con 13,88 mts, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Pro.....