este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 768, 769, 770, 771, 772, 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, en armonía con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE MATRIMONIO, por cuanto la parte demandante no probo ni evacuo prueba alguna que le favoreciera.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia certificada.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los Veintisiete (27) días del mes de Abril del año Dos Mil Siete. AÑOS: 197° de la Independencia y l48° de la Federación.-
La Juez Pro.....