Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Diaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la demanda de cobro de Bolívares por el procedimiento de intimación, convertido en Juicio breve, intentada por el ciudadano: Pablo Pugarita, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. V- 11.213.298, domiciliado en el Barrio Villa Rosa, calle Nº 7, casa Nº 5 del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por el abogado Douglas Francisco Guedez, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. V-11.210.591, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 70.009, mediante la cual demanda por el procedimiento intimatorio a la ciudadana Aniuska Rodriguez, venezolana, mayor de edad, con cédu.....