1.- ACUERDA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de trabajo fuera del establecimiento carcelario, DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado ROSQUEL MENDOZA ROBERTO GRIDERIO, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, en fecha 03-07-1966, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad V-09.858.564, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, residenciado en la Avenida Guasina, San Rafael, diagonal Geriátrico, casa sin número, Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, al reunir de manera concurrente las exigencias del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acuerda librar la correspondiente Boleta de Pre libertad dirigida al penado ROSQUEL MENDOZA ROBERTO GRIDERIO, venezolano, natural de Tucupita, estado Delta Amacuro, en fecha 03-07-1966, de 43 años de edad, titular de la cédula de identidad V-09.858.564, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, residenciado en la Avenida Guasina, San Rafael, diagonal Geriátri.....