En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE al ciudadano TRINO GARCIA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.183.373, natural de esta ciudad, de 50 años de edad, fecha de nacimiento 12/10/1963, de estado civil soltero, grado de instrucción analfabeta, de profesión u oficio pescador, residenciado en el sector Volcán, calle arriba, vía principal casa s/n, municipio Tucupita –Estado Delta Amacuro. SEGUNDO: Se ABSUELVE al ciudadano TRINO GARCIA ROJAS, de la comisión del delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, de conformidad con lo establecido en el articulo 44 numeral 4 de la Ley Orgánica sobre los derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. T.....