DISPOSITIVA
ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON COMPETENCIA MULTIPLE EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, MENORES, BANCARIO Y LO PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Sin LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE auto, interpuesto por el Abg. Defensor público, Emeterio Rangel Quintero, actuando en representación del imputado Manuel Esteban Moreno Guerra, portador de la cedula de identidad Nº 8.929.599, , en contra de la decisión emitida por el Tribunal Tercero en funciones de Control en lo penal de este Estado, de fecha 16 de mayo de 2010, debido a que no existe materia sobre la cual decidir. Publíquese y regístrese. Cúmplase.