Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadana DIOSLENNYS DEL CARMEN FLORES HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.126.109, sobre una parcela de terreno propiedad de Ejidos Municipales, la cual tiene una superficie de CIENTOCUARENTA METROS CON NOVENTA Y UN CENTIMETRO CUADRADOS(140,91Mts2) y un área de construcción de SESENTA Y DOS METROS CON VEINTICUATROCENTIMETROS CUADRADOS(62,24 Mts2), alinderadadela siguientemanera: NORTE:Calle Nº 4 con 11,55 ML; SUR:propiedad que es o fue de Familia Bolívar, con 11,55 ML; ESTE:propiedad que es o fue de Jhonny Cardosa con 12,22 ML; y OESTE:propiedad que es o fue de la Familia Fuentes con 12,22 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela.....