Este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de todo lo anteriormente expuesto y por cuanto trascurrieron siete (07) días de despacho y la parte demandante consigno el escrito extemporáneo por tardío, en consecuencia, declara INADMISIBLE la presente demanda de ACCION MERODECLARATIVA DE ESTABLECIMIENTO DEL VINCULO CONCUBINARIO, interpuesta por la ciudadana LUCEIDIS LUZMARIS LEON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, docente, titular de las cédula de identidad Nos. V-16.700.396, asistida por el Abogado JOSAFAT TIRADO SANTIL, Inpreabogado N° 38.818, contra el ciudadano JOSE EFRAIN FERMIN JAIME, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.115.757. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE. Se ordena el archivo de la misma.
Publíquese, Regístrese, Déjese copia Certificada,.....