Por lo antes expuesto este Tribunal de Juicio administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dando estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 de la constitución y la ley adjetiva procesal tal como lo dispone el articulo, 15, 335 y 337 Declara: la interrupción de la inmediación del debate oral y publico. Se ordena la realización de un nuevo juicio dentro del término establecido. Se fija para el día 12 de enero de 2009, a las 11:00 horas de la mañana la apertura del juicio oral y Publico en la presente causa, atendiendo la comunicación No. 915, de fecha 24 de noviembre de 2008, emanado de la presidencia de este Circuito Judicial Penal, en virtud de las rotaciones de jueces, exhortando a los jueces que deberán abstenerse de aperturar juicios. CUMPLASE.. Publíquese, regístrese, déjese copia certificada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario.