DISPOSITIVA
Por las consideraciones arriba expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se otorga la prórroga máxima de quince (15) días al Ministerio Público, para que continué con las investigaciones, las cuales se computaran vencido los 30 que tiene el Ministerio Público para presentar el acto conclusivo, es decir, el 03 de Diciembre de 2009, que sumados a los 15 días de prórroga vencerían el día Viernes Dieciocho (18) de Diciembre de 2009. Notifíquese a la Defensa Pública del contenido del presente auto. Así mismo, se acuerda oficiar a la Coordinación de Defensoría Publica, las razones por las cuales estando el imputado debidamente representado por la Defensora Pública Abg. Maria Belén López, le fue designa.....