DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, que fue impuesta al sancionado Omitido), por haber cumplido íntegramente con la sanción impuesta, y su objetivo en el tiempo establecido, de conformidad con el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia no queda sujeto a ningún tipo de restricción ni sanción por parte de este Tribunal, se DECRETA SU LIBERTAD PLENA. Notifíquese al prenombrado ciudadano y a las partes. Una vez consignadas las resultas de las notificaciones, remítase el presente asunto a Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.-
La Jueza Suplente Especial,
Abg. Mayuri Salazar Romero.
La Secretaria,
Abg. Oleida Ur.....