PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad de acto administrativo de efectos particulares, interpuesto por el ciudadano JOSÉ GREGORIO OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.911.470, en su carácter de Director Gerente de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA LEBLON C.A, , contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00016-07 dicta en fecha 12 de diciembre de 2007 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Delta Amacuro que declaro procedente la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos intentado por el ciudadano Raúl Díaz.