´este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA DE COLOCACION FAMILIAR intentada por la ciudadana NELCIS AUXILIADORA ALARCON MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V-9.864.088, en contra de los ciudadanos ALEJANDRO JOSE ZAMBRANO PARRA y GENESIS ZAMBRANO ALARCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-25.988.932 y V-26.244.813, respectivamente; en consecuencia se EXTINGUE LA INSTANCIA. Se ordena el archivo del expediente, la entrega y devolución de todos los originales o copias certificadas, que se encuentran insertos al presente expediente, previa certificación de copias que quedaran en su lugar. Queda sin efecto la medida provisional,.....