Este Tribunal de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda lo solicitado Y en consecuencia, Declara HOMOLOGADA, la mencionada transacción suscrita entre las parte, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas. CUMPLASE.-