Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana: Abg. CARLY PATRICIA SOTILLO TRONCOSO, adscrita a la Dirección de Bienes de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), mediante el cual le solicitó a este Tribunal que le fueran puestos a la orden de esa Oficina, el restante de los bienes incautados en la presente causa, en virtud de que el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 30 de Enero del presente año, el referido juzgado acordara la entrega de los bienes en cuestion. Y ASI SE DECIDE. Regístrese, diarícese, notifíquese, publíquese y déjese copia de la presente decisión. Cumplase.-