este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la demanda de COLOCACION FAMILIAR, intentada por la CELINA DEL CARMEN LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.863.293; en contra de los ciudadanos OSMAL JOSE ROMERO MORENO y CELISMAR CAROLINA BAEZA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad número V-18.658.105 y V-19.858.309, respectivamente, en beneficio del adolescente (Se omite el nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65, de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes) venezolano, titular de la cédula de identidad N°. V-37.288.550, de doce (12) años de edad. En consecuencia. PRIMERO: Se dicta la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN de COLOCACIÓN FAMI.....