Este Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal y Estadal en función de Control del Circuito Judicial penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la abogada DRA. MARIA ELENA ROMERO, Fiscal Sexta Auxiliar encargada de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, en la causa seguida a los ciudadanos ALBERT JAVIER BOMPART MILLAN, titular de la cedula de identidad Nº 26.099.581, JOSE GREGORIO GARCIA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 25.125.768, y ARGENIS JOSE ESPINOZA CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº 24119703, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 Código Penal Venezolano, y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley O.....