1.- Se decreta la extinción de la acción penal por cumplimiento de las condiciones impuestas y vencimiento del régimen de prueba de la suspensión condicional del proceso, todo de conformidad con el artículo 48 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de ello, se decreta el sobreseimiento de la causa, seguida al ciudadano ALMEA ALEXIS RAMÓN, titular de la cédula de identidad Nº 8.549.191, de conformidad con el artículo 45 y 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se declara terminado el procedimiento y el cese de las medidas de coerción personal que hubieren sido dictadas en este asunto.
2.- Se acuerda oficiar a la Dirección General de Inspección y Disciplina del Ministerio Público, a los fines que se pondere la posibilidad de aperturar averiguación administrativa al ciudadano abogado Diógenes Alexander Tirado, Fiscal Segundo del Ministerio Público.