Por las razones anteriormente señaladas este Tribunal de Control No 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Acuerda la Medida de protección a la adolescente víctima ERIKA BLNCO BARCERO , venezolana, nacida en fecha 30-08-1992, de 16 años de edad, de ocupación estudiante, de estado civil soltera, residenciada en Centro Poblado de Cocuina, tres cuadras Comercial Rosmary, teléfono 0416-598.89.14; titular de la cedula de identidad N° V.- 21.083.457, Tucupita, Estado Delta Amacuro, quien es víctima en el expediente signado con el N° POMU-A-002-863 y 10F05-178-09. SEGUNDO: Por cuanto el resguardo y protección a las personas les corresponde a los órganos de seguridad, se acuerda oficiar a la Comandancia Municipal de Policía de este Estado, a los fines de que le brinde la protección necesaria a la víctima anteriormente identificada y su grupo familiar más cercano, organis.....