Por lo antes expuesto este Tribunal de primera instancia en función de ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 64, 479 y 531 todos del Código Orgánico Procesal Penal y en acatamiento al contenido del artículo 482 de la norma adjetiva penal, en relación con el artículo 493 Ejusdem, acuerda:
PRIMERO: Librar de conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano LUIS ERNESTO BERMUDEZ RODRIGUEZ, venezolana, nacido el 02-04-1962, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad V-8.959.054, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en la calle principal, casa sin número, del barrio El Jobo, Tucupita, estado Delta Amacuro, orden de aprehensión dirigida al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistcias.
SEGUNDO: tramitar e.....